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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la Ley 3/2011, de 17 de febrero, mediante la que modifica, de forma parcial, la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

Desde su aprobación, la indicada ley se ha convertido en el "núcleo" de la legislación autonómica para la protección del patrimonio histórico, llevando a cabo sus objetivos de conservar y difundir la riqueza histórica y cultural para disfrute de la colectividad, garantizando su enriquecimiento y facilitando su estudio, destaca la Junta en nota de prensa.

La experiencia que se ha obtenido desde el año 1999 con la aplicación de esta Ley, la evolución de los conceptos y planteamientos en que se basan la protección y conservación del patrimonio histórico, así como los cambios legislativos producidos en otras áreas del ordenamiento jurídico aconsejan -según el Gobierno regional- proceder a una reforma de determinados preceptos, a fin de que ésta pueda seguir cumpliendo con el fin encomendado.

La nueva Ley, que modifica la anterior parcialmente, consta de un único artículo que se divide en ocho apartados, a lo largo de los cuales se modifican los preceptos que resultan afectados por la trasposición de la Directiva de Servicios y aquellos otros que por el transcurso del tiempo han quedado obsoletos e insuficientes para regular la situación actual en la gestión del patrimonio cultural de Extremadura.

Así, se adapta a la directiva europea lo relativo al comercio de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico cultural, regulándose lo referente a las empresas que se dedican habitualmente a esta actividad. Con el afán de conseguir la simplificación administrativa, se eliminan los trámites innecesarios y el exceso de formalidades, y se suprime la exigencia de que el libro-registro esté legalizado por parte de la Consejería competente en materia de cultura.


Fuente: EuropaPress.
Más Información: DOE.

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